El texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, en su artículo 30, atribuye a las comunidades autónomas las facultades de designación y separación de los vocales de los consejos de administración de las autoridades portuarias de interés del Estado situadas en su territorio, que deberán hacerse necesariamente a propuesta de las administraciones públicas y organismos y entidades que aquellos representen.
El Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 16 de septiembre de 2010 faculta a la persona titular de la consellería competente en materia de puertos para el ejercicio de dichas competencias.
Por lo expuesto, en ejercicio de la facultad atribuida,
DISPONGO:
Renovar el mandato de los siguientes vocales en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de A Coruña:
– En representación de la Administración general del Estado:
Consuelo Castro Rey
– En representación de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación:
Marcelo Castro-Rial Schuler
– En representación de las organizaciones empresariales:
Antonio Fontenla Ramil
– En representación del sector pesquero:
Severino Ares Lago
Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 2014
Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar