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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Miércoles, 26 de noviembre de 2014 Pág. 48674

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4241/2013 CG).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 4241/2013.

Juzgado de origen/autos: ejecución de títulos judiciales 62/2013 Juzgado de lo Social número 2 de Vigo.

Recurrente: Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Abogado: Servicio Jurídico Seguridad Social (Provincial).

Recurridos: Tesorería General de la Seguridad Social, Parquets Yano´s, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo.

Abogados: Servicio Jurídico Seguridad Social (Provincial), (…), Luis Esteban Leyenda Martínez.

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber:

Que en el procedimiento de recurso de suplicación 4241/2013 de esta sección, seguido como recurrente Instituto Nacional de la Seguridad Social y recurridos Tesorería General de la Seguridad Social, Parquets Yano´s, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, sobre incidentes de ejecucion, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos: que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la letrada de la Administración de la Seguridad Social, actuando en nombre y representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra el auto de fecha 2 de julio de 2013, dictado en ejecución 62/2013, seguido a instancia de la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la empresa Parquets Yano´s, S.L y la entidad gestora recurrente, debemos de confirmar y confirmamos en su integridad la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 35, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «Observaciones o concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 35 **** ++).

Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG, a fin de que sirva de notificación en forma a Parquets Yano´s, S.L., actualmente en ignorado paradero, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 28 de octubre de 2014

La secretaria judicial