Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 193 Jueves, 9 de octubre de 2014 Pág. 43739

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 19 de septiembre de 2014 por la que se autoriza la apertura y el funcionamiento del centro privado Chíos Formación, del ayuntamiento de A Coruña, para impartir ciclos formativos.

La titularidad del centro privado Chíos Formación, del municipio de A Coruña, solicita autorización para impartir el ciclo formativo de grado medio (CM) de Cuidados Auxiliares de Enfermería, CM Atención a Personas en Situación de Dependencia; el ciclo formativo de grado superior (CS) de Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, CS Desarrollo de Aplicaciones Web, CS Educación Infantil, CS Educación y Control Ambiental y el CS Marketing y Publicidad.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos

DISPONGO:

Primero.

1. Autorizar la apertura y el funcionamiento del centro privado Chíos Formación, del municipio de A Coruña, quedando el centro configurado como se señala a continuación:

Denominación genérica: centro privado.

Denominación específica: Chíos Formación.

Código del centro: 15032893.

Domicilio: avenida del Ejército, nº 2.

Código postal: 15006.

Localidad: A Coruña.

Municipio: A Coruña.

Provincia: A Coruña.

Titular: Chíos Formación, S.L.

2. Enseñanzas que se autorizan:

• 2 CM Cuidados Auxiliares de Enfermería (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• 1 CM Atención a Personas en Situación de Dependencia (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

• 1 CS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

• 1 CS Desarrollo de Aplicaciones Web (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

• 1 CS Educación Infantil (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• 1 CS Educación y Control Ambiental (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

• 1 CS Marketing y Publicidad (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

Segundo. Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña, previo informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro, así como el equipamiento adecuado.

Tercero. Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuarto. El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 19 de septiembre de 2014

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria