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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 192 Miércoles, 8 de octubre de 2014 Pág. 43644

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (401/2014).

Ana María Navarro Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber:

Que en el procedimiento despido objetivo individual 401/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Eduardo Fontao Gómez contra la empresa Sociedad Cooperativa Copas de Responsabilidad Limitada, Fogasa (Fondo de Garantía Salarial), sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo fallo se adjunta:

«Fallo

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada a instancia de Eduardo Fontao Gómez, asistido por el letrado Sr. Corujo Martínez, contra la entidad Copas, Sociedad Cooperativa Gallega, y Fogasa que no comparecen en este acto, sobre despido objetivo individual, y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido, con condena de la empresa indicada a que readmita inmediatamente al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación (calculados a razón de 39,40 euros/día) o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo.

Dicha opción deberá ejercitarse en cinco días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término, sin que el empresario hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

2º. La indemnización, según lo dispuesto en el número anterior, sería de 8.872,80 euros.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Sociedad Cooperativa Copas de Responsabilidad Limitada en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2014

La secretaria judicial