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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Martes, 19 de agosto de 2014 Pág. 35794

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo

EDICTO (908/2012).

Luis Diego Espino Hernández, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo, por el presente,

Anuncio.

En el presente procedimiento, seguido a instancia de Neuwalme Store, S.L. frente a Rouco e Hijos, S.L. y Talleres Rouco, S.L., se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia:

Jueza que la dicta: Ana Araceli Muñoz Martín.

Lugar: Vigo.

Fecha: treinta de julio de dos mil trece.

Demandante: Neuwalme Store, S.L.

Abogado: Javier Expósito Seoane.

Procuradora: Purificación Rodríguez González.

Demandado: Rouco e Hijos, S.L., Talleres Rouco, S.L.

Procedimiento: procedimiento ordinario 908/2012-S.

Fallo:

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por Neuwalme Store, S.L. frente a Rouco e Hijos y Talleres Rouco, debo condenar y condeno a Rouco e Hijos a abonar a la parte actora la cantidad de 14.894,71 euros, condenando a Talleres Rouco al pago en forma solidaria de 7.943,20 euros de la condena total de la anterior codemandada, todo ello más los intereses legales, así como al pago de las costas.

Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica del poder judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano un depósito de 50 euros en la cuenta judicial 3641 0000 04 090812 (banco Santander).

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

(Sigue firma de la magistrada jueza)

Y encontrándose dicha demandada, Rouco e Hijos, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Vigo, 21 de mayo de 2014

El secretario judicial