Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Miércoles, 13 de agosto de 2014 Pág. 34939

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (394/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 394/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Enrique Barreiro Antonio contra Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danu, S.L. y Papeles y Tintas, S.L., se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo que estimo íntegramente la demanda interpuesta por Enrique Barreiro Antonio frente a las mercantiles Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danan, S.L., Papeles y Tintas, S.L. y, en consecuencia, condeno solidariamente a las mercantiles Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danan, S.L., Papeles y Tintas, S.L. a que abonen al actor la cantidad de 18.911,86 euros, de concepto de 40 % de indemnización por despido objetivo (11.580,48 euros) y en concepto de salarios pendientes (7.331,38 euros), con el incremento de intereses de mora del artículo 29.3 del ET respecto de los conceptos salariales y con el incremento de intereses del artículo 1.108 del CC calculados desde la fecha del despido respecto de las cantidades indemnizatorias.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de cinco días.

Así lo acuerda, manda y firma, Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danu, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 22 de julio de 2014

La secretaria judicial