Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Lunes, 4 de agosto de 2014 Pág. 33520

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (23/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 23/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de José Luis García Porto contra Paorga, S.L., Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado Sentencia número 184 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Sentencia

Santiago de Compostela, 9 de mayo de 2014

Vistos por Mª del Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de los de Santiago de Compostela, los presentes autos registrados con el número indicado, promovidos a instancia de José Luis García Porto, representado por el procurador Sr. Pérez Goris y asistido por la letrada Sra. Bouzón Neira, frente a la mercantil Paorga, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no comparecieron pese a constar debidamente citados, se dicta la presente sentencia en base a los siguientes

(…)

Fallo:

Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por José Luis García Porto frente a la mercantil Paorga, S.L. y el Fogasa y, en consecuencia, condeno a la mercantil demandada a que abone al actor la cantidad de 2.062,21 euros en concepto de salarios de abril y dos días de mayo de 2012, parte proporcional de pagas extraordinarias y parte proporcional de vacaciones, cantidad que deberá ser incrementada con los intereses del artículo 29.3 del ET.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Paorga, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 11 de julio de 2014

La secretaria judicial