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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Miércoles, 16 de julio de 2014 Pág. 31365

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Betanzos

EDICTO (310/2012).

En los autos de ordinario número 310/12, seguidos a instancia del procurador Roberto Aba Veiga, en nombre y representación de José Francisco Allegue Pereiro y Ana Isabel Corbeira Leira, contra NCG Banco, S.A. e Impacta Grupo Inmobiliario, S.L., se ha dictado con fecha de 31.7.2013 sentencia, que contiene el encabezamiento y parte dispositiva que literalmente dicen:

Sentencia 91/2013.

Procedimiento: juicio ordinario nº 310/12.

En nombre de su majestad el rey, María Piñeiro Garabana, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Betanzos y su partido judicial, ha dictado la siguiente sentencia:

En Betanzos a 31 de julio de 2013.

Vistos por mí, María Piñeiro Garabana, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Betanzos, los presentes autos de juicio ordinario nº 310/12, sobre resolución contractual y reclamación de cantidad, en el que son partes los demandantes José Francisco Allegue Pereiro y Ana Isabel Corbeira Leira, asistidos por el letrado Alejandro López Sánchez y representados por el procurador de los tribunales Roberto Aba Veiga, y como demandados NCG Banco, S.A., asistido por el letrado Lino Rodríguez-Quintana Sández y representado por la procuradora de los tribunales Amparo Cagiao Rivas, e Impacta Grupo Inmobiliario, S.L., en situación de rebeldía procesal, he venido a dictar la presente resolución a la que sirven de base los siguientes.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Roberto Aba Veiga, en nombre y representación de José Francisco Allegue Pereiro y Ana Isabel Corbeira Leira, en cuanto dirigida contra Impacta Grupo Inmobiliario, S.L., debo declarar la resolución del contrato de compraventa de 26 de septiembre de 2006 y, consecuentemente, la resolución de todas las relaciones jurídicas dimanantes del mismo y existentes entre José Francisco Allegue Pereiro y Ana Isabel Corbeira Leira y la mercantil Impacta Grupo Inmobiliario, S.L., debo condenar y condeno a la citada demandada a restituir a los demandantes la suma total de cuarenta y siete mil cuatrocientos setenta y seis euros con ochenta céntimos (47.476,85 euros), más los intereses legales correspondientes.

Que, desestimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Roberto Aba Veiga, en nombre y representación de José Francisco Allegue Pereiro y Ana Isabel Corbeira Leira, en cuanto dirigida contra NCG Banco, S.A, debo absolver y absuelvo a la citada demandada de los pedimentos efectuados en su contra.

Todo ello con expresa imposición a la demandada Impacta Grupo Inmobiliario, S.L. de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento, excepto las causadas al codemandado absuelto, que son de cargo de los demandantes.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Esta resolución no es firme. Contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse en este juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la jueza que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, ante mí la secretaria. Doy fe.

Y en cumplimiento de lo acordado, para su publicación en el Diario Oficial de Galicia, y para que sirva de notificación en forma al demandado rebelde Impacta Grupo Inmobiliario, S.L., se expide el presente.

Betanzos, 24 de marzo de 2014

La secretaria judicial