Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Martes, 15 de julio de 2014 Pág. 31238

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (3192/2013).

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sección 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 3192/2013 de esta sección, seguido a instancia de Carlos Rodríguez Agrafojo contra Fogasa, Servicios de Ingeniería y Montaje Alén, S.L., Servicios de Mantenimiento Anova, S.L., Neo Energy Solutions Europe, S.L., Rann Logisti, S.L. Unipersonal sobre resolución de contrato, se ha dictado la siguiente resolución:

Resuelve:

No haber lugar a tramitar el recurso de casación para la unificación de la doctrina anunciado por la procuradora Sra. Tejelo Núñez bajo la dirección letrada de Beatriz C. Estévez Fontenla, en nombre del, en su día, demandante Juan Carlos Rodríguez Agrafojo, frente a la sentencia de fecha 12 de marzo de 2013.

Notifique a las partes la presente resolución, contra la que cabe recurso de queja ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el plazo de diez días a contar desde la entrega de los testimonios a la parte recurrente (artículo 495 LEC), con la advertencia de que, de no tener la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social deberá acreditar, al tiempo de interponerse, el ingreso en la cuenta de depósitos y consignaciones de esta sala, abierta en Banesto con el nº 1552 0000 31 (nº recurso) (dos últimas cifras del año), de la cantidad de 30 €. Remítanse, junto con el presente, testimonio de la sentencia dictada y de preparación del recurso.

Así, por este nuestro auto, lo pronuncian, mandan y firman conmigo, secretario de la Sala, que doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Neo Energy Solutions Europe, S.L., Servicios de Manenimiento Anova, S.L. y Rann Logisti, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 3 de junio de 2014

La secretaria judicial