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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Martes, 8 de julio de 2014 Pág. 30487

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Betanzos

EDICTO (294/2007).

Procedimiento: división de herencia 294/2007.

De Manuela García Ruiz.

Procurador: Carlos Javier García Brandariz.

Contra: José García Martos, Mª Carmen García Ruiz, José Manuel García Ruiz.

Procuradora: Ana Verónica Sexto Quintas.

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

«Decreto.

Secretaria judicial: María Susana Gamonal Lombardero.

En Betanzos a ocho de abril de dos mil catorce.

Antecedentes de hecho.

Primero. En las presentes actuaciones para la división de la herencia de la finada Carmen Ruiz Peña, las contadoras-partidoras María Josefa Patiño Maceda y María José Calviño Castrillón han presentado las operaciones divisorias, para cuya labor habían sido designadas.

Segundo. De dichas operaciones divisorias se ha dado traslado a los interesados en la herencia, haciéndoles saber que en el plazo de diez días podrían formular oposición a las mismas.

Tercero. Los interesados han aceptado las operaciones divisorias del contador.

Razonamiento jurídico único. Establece el artículo 787.2 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil (LEC) que, pasado el plazo señalado a los interesados para poder oponerse a las operaciones divisorias sin presentar la oposición o manifestando expresamente su conformidad a las mismas, el secretario judicial dictará decreto en que se aprueben las operaciones divisorias y se mande protocolizarlas, que es lo sucedido en el presente caso.

Parte dispositiva.

Acuerdo:

1. Aprobar las operaciones divisorias de la herencia de la finada Carmen Ruiz Peña realizadas por las contadoras María Josefa Patiño Maceda y María José Calviño Castrillón, las cuales se protocolizarán en la notaría que por turno corresponda.

2. Oficiar al decano del Colegio Notarial de Betanzos para que participe al notario a quien por turno corresponda la protocolización y conocido, remítansele las operaciones divisorias y testimonio del presente auto.

3. Dejar certificación de la presente resolución en los autos llevando el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente de su notificación, mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos sin que, en ningún caso, proceda actuar en sentido contrario a lo que se hubiese resuelto (artículo 454 bis de la LEC).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe».

Y como consecuencia del ignorado paradero de José Manuel García Ruiz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Betanzos, 9 de abril de 2014

La secretaria judicial