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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Viernes, 9 de mayo de 2014 Pág. 21145

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1515/2012).

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 1515/2012 seguido a instancia de Magnolia Rojas Álvarez contra East West Hemisphere Group, S.L. y Fogasa sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución que, copiada en los particulares, necesarios dice:

«Fallamos que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por Magnolia Rojas Estévez contra la sentencia de 13 de enero de 2012 del Juzgado de lo Social número 3 de Ourense, dictada en juicio seguido a instancia de la recurrente contra la entidad mercantil East West Hemisphere Group, Sociedad Limitada, la sala la confirma íntegramente.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social.

Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año)».

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, a fin de que sirva de notificación en forma a East West Hemisphere Group, S.L., actualmente en ignorado paradero, con último domicilio conocido en la calle Vicente Morales, 2, bajo, Madrid, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 11 de abril de 2014

La secretaria judicial