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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Martes, 6 de mayo de 2014 Pág. 20466

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (49/2014).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales, número 49/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de José Antonio González Aguiar contra la empresa Restaurante Marisquería Sexto, S.L., sobre despido, se ha dictado auto en fecha 7 de abril de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del auto:

«Parte dispositiva:

Debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre el ejecutante José Antonio González Aguiar y la mercantil ejecutada Restaurante Marisquería Sexto, S.L. a día de hoy (7.4.2014) y, en consecuencia, condeno a la mercantil ejecutada a abonar al actor la cantidad de 15.325,04 euros, en concepto de indemnización, y la cantidad de 23.482,08 euros en concepto de salarios de tramitación, calculados desde la fecha del despido (3.10.2012) hasta la presente resolución (552 días), a razón de 42,54 euros diarios, más 3.880,71 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses, gastos y costas, cantidades que deberán ser ingresada en el plazo de cinco días en la cuenta de consignaciones de este juzgado, abierta en Banco Santander, con el número
5076 0000 64 0049 14 y, para el caso de que no lo verifiquen, requerir al representante de la ejecutada para que en el improrrogable plazo de tres días designen bienes y derechos embargables de su titularidad ante este juzgado sobre los que centrar la ejecución, sin perjuicio de la realización de tales requerimientos y con los apercibimientos expresados en el anterior fundamento de derecho, y requerir a la parte ejecutante por término de quince días para que haga designación de los mismos, y dar traslado de actuaciones por igual plazo al Fondo de Garantía Salarial a los efectos expresados.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 3, abierta en Banco Santander, cuenta número 5076 0000 64 0049 14. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá ingresarse en la cuenta número 00049 35 6992 0005001274, y en el campo “concepto” deberá indicar el número de cuenta 5076 0000 64 0049 14. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato
dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerdo, mando y firmo, Mª del Carmen Barcala Barreiro, jueza magistrada sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

La magistrada jueza La secretaria judicial»

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Restaurante Mariquería Sexto, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2014

La secretaria judicial