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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Miércoles, 30 de abril de 2014 Pág. 19815

V. Administración de justicia

Audiencia Provincial. Sección 6ª Civil y Penal de Santiago de Compostela

EDICTO (496/2012).

Rollo: recurso de apelación (Lecn) 496/2012.

Juzgado de procedencia: Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela.

Procedimiento de origen: procedimiento ordinario 284/2011.

Apelante: Manuel Alcalde Gontan, Carmen González Grille.

Procurador: Fernando González-Concheiro Álvarez, Fernando González-Concheiro Álvarez.

Apelado: Fénix Directo, cía. seguros y reaseguros.

Procuradora: Ángeles Regueiro Muñoz.

En el presente rollo de apelación civil número 496/2012, en el que figuran como apelantes Manuel Alcalde Gontán y Carmen González Grille, como apelado-impugnante Fénix Directo, compañía de seguros y reaseguros, S.A., y como demandado rebelde Daniel Díaz Ripoll, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia número 41/14.

Santiago de Compostela, veintiocho de febrero de dos mil catorce.

Vistos en grado de apelación ante esta Sección 6ª de la Audiencia Provincial de A Coruña los autos de procedimiento ordinario 284/2011, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela, a los que ha correspondido el rollo recurso de apelación (Lecn) 496/2012, en los que aparece como parte apelante Manuel Alcalde Gontán y Carmen González Grille, representados por el procurador de los tribunales Fernando González-Concheiro Álvarez, asistido por el letrado Carlos González-Concheiro Álvarez, y como parte apelada-impugnante Fénix Directo, compañía de seguros y reaseguros, S.A., representada por la procuradora de los tribunales Ángeles Regueiro Muñoz, asistida por el letrado Jesús Fernández Fernández, y como demandado rebelde Daniel Díaz Ripoll. Siendo magistrado ponente Ángel Pantín Reigada.

Fallamos:

Que estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación de Manuel Alcalde y Carmen González y la impugnación de la sentencia planteada por Fénix Directo, se revoca parcialmente la sentencia de 1 de junio de 2012 dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela en el juicio ordinario número 284/2011, de forma que definitivamente se estima parcialmente la demanda y se condena solidariamente a los demandados a abonar (descontadas ya las cantidades percibidas durante la primera instancia) a Manuel Alcalde la suma de 11.891,38 euros y a Carmen González Grille la suma de 19.591,51 euros, más los intereses del artículo 20 LCS respecto de la aseguradora codemandada y los intereses del artículo 576 LEC respecto de ambos codemandados. No se hace imposición de costas de ninguna de las dos instancias.

Notifíquese esta resolución, en legal forma, a las partes haciéndoles saber, conforme preceptúa el artículo 248.4º de la Ley orgánica del poder judicial, que contra ella cabe recurso de casación por interés casacional, que deberá ser interpuesto ante esta sección en el plazo de 20 días desde la notificación de la sentencia.

Dentro del plazo legal, devuélvanse las actuaciones originales con testimonio de la presente resolución al juzgado de procedencia para su ejecución y cumplimiento.

Así, por esta nuestra resolución, de la que se pondrá certificación literal en el rollo de sala de su razón, incluyéndose el original en el libro correspondiente, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y encontrándose dicho demandado, Daniel Díaz Ripoll, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Santiago de Compostela, 13 de marzo de 2014

El secretario judicial