Habiendo solicitado en esta Alcaldía por parroquia de Arca licencia municipal para drenaje perimetral de la iglesia de Arca, donde pueden aparecer restos cadavéricos, cumpliendo lo dispuesto en los artículos 57 y 61 del Decreto 134/1998, de 23 de abril, sobre policía sanitaria mortuoria, se concede un plazo de tres meses con el fin de que las familias de los inhumados puedan adoptar las medidas que el ordenamiento jurídico le permita.
O Pino, 12 de marzo de 2014
Manuel Taboada Vigo
Alcalde