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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Martes, 8 de abril de 2014 Pág. 15781

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Miño

ACUERDO de 7 de marzo de 2014, de la Junta de Gobierno Local, sobre la aprobación definitiva del proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos necesarios para la apertura de vial en A Pedreira-Bemantes.

La Junta de Gobierno Local, en la sesión extraordinaria celebrada en fecha 7 de marzo de 2014, adoptó el acuerdo que se transcribe a continuación:

Visto el expediente tramitado para llevar a cabo la expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos necesarios para proceder a la apertura de una vía pública en la zona de A Pedreira, en la parroquia de Bemantes.

Visto que el expediente se sometió a exposición pública por el plazo de un mes, procediendo asimismo a la notificación individual de las tasaciones a los titulares de bienes y derechos.

Visto que durante el plazo de exposición pública se efectuaron alegaciones por parte de Antonio Sabín González.

Visto que con fecha 24.2.2014 se emite informe técnico en el que se propone estimar parcialmente las alegaciones presentadas.

Después de examinar los informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, la Junta de Gobierno Local, por mayoría absoluta y unanimidad de los concejales asistentes (cinco de un total de cinco), acuerda:

Primero. Estimar parcialmente las alegaciones presentadas por Antonio Sabín González, en virtud del informe emitido por los servicios técnicos municipales, del que se aportará copia, siendo el precio para la parcela A de 14,90 euros/m2, entendiéndose con el las siguientes actuaciones en el expediente, en su calidad de heredero.

Segundo. Aprobar definitivamente el expediente expropiatorio, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos necesarios para proceder a la apertura de una vía pública en la zona de A Pedreira, en la parroquia de Bemantes, a los efectos previstos en los artículos 143 y 144 de la Louga.

Tercero. Notificar la presente resolución de forma individualiza a los interesados titulares de bienes y derechos que figuran en el expediente, a los que se aportará la correspondiente hoja de valoración, confiriéndoles un plazo de 20 días hábiles, durante el cual podrán manifestar por escrito ante este ayuntamiento su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, en cuyo caso se dará traslado del expediente y de la hoja de aprecio impugnada al Jurado de Expropiación a efectos de fijar el justiprecio, con la advertencia de que transcurrido el citado plazo de veinte días sin que se formule oposición a la valoración, se entenderá aceptada la que se fija en la presente resolución aprobatoria del expediente, entendiéndose determinado el justiprecio definitivamente y de conformidad con el artículo 143, apartados 7 y 8, de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística de Galicia.

Cuarto. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, en el Boletín Oficial de la provincia y en el tablón municipal. Esta publicación servirá de notificación para los interesados que resulten desconocidos o respecto de los que se ignore el lugar para la práctica de la notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 30/1992.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de A Coruña, dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación o publicación, según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Asimismo, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que la dictó dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación de esta resolución, en cuyo caso, hasta que sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta por silencio, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, todo ello según los artículos 48, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Todo ello sin perjuicio de que, en caso de disconformidad con la valoración establecida, los interesados dispongan de un plazo de veinte días para manifestar su disconformidad ante el Ayuntamiento de Miño, tal y como se indica en el apartado tercero de la resolución.

Miño, 19 de marzo de 2014

Jesús Veiga Sabín
Alcalde

ANEXO
Relación de propietarios y parcelas afectadas por el expediente de expropiación

Finca
expte.

Propietario/a

Domicilio

Ref. catastral

Superf.
(m²)

1

Antonio Sabín González

Bemantes, nº 1, Miño

6891603NH6969S0001KK

113,45

2

Olimpia López Viaduro

Bemantes, nº 6 A, Miño

6891602NH6969S0001KK

20,92