Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Martes, 8 de abril de 2014 Pág. 15680

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (561/2013).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social numero 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 561/2013, a instancia de Benigno Calviño Presedo contra Bloquera Forjados Noroeste, S.L., administración concursal de Bloquera Forjados Noroeste, S.L., sobre despido, en los que recayó sentencia en fecha 16 de enero de 2014 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo

Se estima la demanda interpuesta por Benigno Calviño Presedo frente a Bloquera Forjados Noroeste, S.L., su administrador concursal, Ramón Bescos Pazos, con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

Se declara improcedente el despido efectuado por la demandada Bloquera Forjados Noroeste, S.L. al actor.

Se condena a la empresa Bloquera Forjados Noroeste, S.L. a que, a elección del trabajador, manifestada en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, proceda a la readmisión del actor o el abono de una indemnización de 25.639,19 euros, con abono, en ambos casos, de los salarios de tramitación que hasta la presente importan la cantidad de 25.639,19 euros, a los que habrán de añadirse los que se devenguen hasta su notificación a razón de 38,58 euros diarios, vinculando tales cantidades al administrador concursal.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o representante, dentro del indicado plazo.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Bloquera Forjados Noroeste, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 19 de marzo de 2014

La secretaria judicial