Con arreglo a lo establecido en el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta dirección general dispone la publicación del acuerdo que figura como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 12 de marzo de 2014
Gonzalo José Ordóñez Puime
Director general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autonoma de Galicia en relación con la Ley 9/2013, de 10 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, en su reunión celebrada el día 4 de marzo de 2014, ha adoptado el siguiente acuerdo:
1º. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el capítulo I del título III (artículo 23 y siguientes); el artículo 33.2, apartados a), b) y c); el 41, apartado f); el 47 y el 48.1 de Ia Ley 9/2013, de 10 de diciembre, del emprendimiento y de Ia competitividad económica de Galicia.
2º. Designar un grupo de trabajo para proponer a Ia Comisión Bilateral de Cooperación Ia solución que proceda.
3º. Comunicar el presente acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de Ia Ley orgánica del Tribunal Constitucional, así como insertarlo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.
Madrid, 4 de marzo de 2014
Cristóbal Montoro Romero Alfonso Rueda Valenzuela
Ministro de Hacienda y Administraciones Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Públicas Administraciones Públicas y Justicia