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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Viernes, 21 de febrero de 2014 Pág. 7445

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lalín

EDICTO (aclaración 735/2008).

Myriam de Mata Schick, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lalín, por el presente anuncio

En el presente procedimiento de juicio cambiario nº 735/2008, actuando como parte opositora al cambiario Urbanismos y Servicios Foralia, representada por la procuradora Sra. Alaejos Guinea y defendida por el letrado Sr. Fernández García, y como parte demandante en el cambiario Banco Caixa Geral, S.A., representada por el procurador Sr. Nistal Riadigos y defendida por la letrada Sra. Fernández Amaro, se ha dictado auto el 2.5.2013, que aclara la sentencia dictada el 22.4.2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Se acuerda que ha lugar a la aclaración solicitada por la representación procesal de Banco Caixa Geral, S.A., respecto de la sentencia dictada por este juzgado el día 22 de abril de 2013, y que corrige el siguiente error material de transcripción:

En el fundamento de derecho quinto ha de sustituirse el párrafo segundo, que dispone «En consecuencia, resulta procedente la desestimación de la oposición cambiaria y la condena de la demandada al pago a la actora de la cantidad total reclamada de 185.526,52 euros de principal y 55.657,95 euros, prudencialmente calculados para intereses y costas de la ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación; de ello deberá descontarse la cantidad de 50.041,67 euros, que constan ya entregados a cuenta de lo reclamado a la demandante en la tramitación de las presentes diligencias mediante diligencia de ordenación de 17 de septiembre de 2012», por «En consecuencia, resulta procedente la desestimación de la oposición cambiaria, ordenando seguir adelante la ejecución por la cantidad inicialmente despachada».

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Así lo acuerda, manda y firma Paula María Bermúdez Fernández, jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Lalín; doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Excavaciones M. E. Mejuto, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Lalín, 2 de mayo de 2013

La secretaria judicial