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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Jueves, 30 de enero de 2014 Pág. 3923

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (788/2013).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hace saber que en el procedimiento despido/ceses en general 788/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Luis Miguel Martín Llave contra la empresa David Branco Senra sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 739/2013.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: despido 788/2013.

Demandante: Luis Miguel Martín Llave.

Letrada: Sra. Erviti Álvarez.

Demandado: David Branco Senra (Cervecería O Paseo).

Sentencia nº 739/2013.

A Coruña, 30 de diciembre de 2013.

Fallo estimo la demanda sobre despido formulada por Luis Miguel Martín Llave frente a David Branco Senra, y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y acuerdo la extinción de la relación laboral en fecha de esta sentencia, condenando al demandado a que abone al demandante la suma indemnizatoria de 1.105,34 euros.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabientes suyos, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a David Branco Senra, en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 30 de diciembre de 2013

La secretaria judicial