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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Jueves, 30 de enero de 2014 Pág. 3865

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 16 de enero de 2014 por la que se amplía el plazo para la justificación y evaluación del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales correspondiente al ejercicio 2013, así como para la presentación del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales correspondiente al año 2014.

El Decreto 99/2012, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios sociales comunitarios y su financiación, publicado en el Diario Oficial de Galicia de 30 de marzo de 2012, establece, en su artículo 43.1 que, una vez finalizado el correspondiente ejercicio presupuestario y, en todo caso, con el día límite de 5 de febrero del ejercicio inmediatamente posterior, todas las corporaciones locales financiadas conforme a dicho decreto deberán presentar ante el órgano de dirección de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con atribuciones en materia de servicios sociales comunitarios, la justificación y evaluación de la ejecución del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales, así como el proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales correspondiente al año en curso. A esta fecha límite del 5 de febrero también hace referencia el artículo 58.6 de dicho Decreto 99/2012, de 16 de marzo, para la presentación, de manera integrada con la documentación correspondiente a la justificación y evaluación del proyecto anual de servicios sociales, de la certificación del órgano competente de la corporación local acreditativa del gasto realizado para el desarrollo del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia, y demás datos que se le requieran en relación con la gestión de este servicio.

Debido a la necesidad de actualización de la aplicación informática puesta en marcha el año 2011, a través de la cual todas las corporaciones locales tienen que elaborar necesariamente los formularios para la justificación y evaluación de la ejecución del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales correspondiente al ejercicio 2013, así como la presentación del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales correspondiente al ejercicio 2014, mediante el cual las corporaciones locales solicitan la financiación para la prestación de los servicios sociales comunitarios de su competencia, y dado que, previsiblemente, no va a ser posible que esta aplicación esté disponible con la antelación suficiente para que las corporaciones locales puedan cubrir los datos referentes a la financiación de los servicios sociales comunitarios municipales dentro del plazo establecido del 5 de febrero de 2014. Además, tras la experiencia de los ejercicios anteriores, se ha comprobado que el plazo del 5 de febrero establecido en dicho Decreto 99/2012 es excesivamente corto para que las corporaciones locales puedan aportar los datos requeridos y presentar en plazo toda la documentación justificativa.

Por todo lo anterior, de conformidad con la disposición final segunda del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios sociales comunitarios y su financiación, que faculta a la persona titular de la consellería competente en el sistema gallego de servicios sociales para dictar en el ámbito de sus competencias cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de dicho decreto y, en concreto, para el desarrollo mediante una orden de los aspectos procedimentales relativos a la financiación de los servicios sociales comunitarios de las corporaciones locales, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, desarrollada por el Decreto 227/2012, de 2 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, y el Decreto 42/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo y Bienestar,

DISPONGO:

Artículo único

Se amplía el plazo para la presentación de la justificación y evaluación de la ejecución del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales correspondiente al ejercicio 2013, así como para la presentación del proyecto anual de servicios sociales comunitarios municipales correspondiente al ejercicio 2014, hasta el día 31 de marzo de 2014, incluido.

Disposición final única

La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación.

Santiago de Compostela, 16 de enero de 2014

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar