De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, tras ser intentada sin éxito la notificación personal a través del servicio de Correos, se notifica a los interesados que se señalan en el anexo la resolución del expediente de ayuda extraordinaria a emigrantes gallegos retornados y a sus familiares.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 ya citada y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Los correspondientes expedientes constan en el Servicio de Planificación y Gestión de Programas de la Secretaría General de la Emigración en Santiago de Compostela, sita en la calle Basquiños, nº 2.
Santiago de Compostela, 15 de enero de 2014
Antonio Rodríguez Miranda
Secretario general de la Emigración
ANEXO
Expediente: PR905A 2013/84-0.
Interesado: José Enrique García Gómez.
Acto notificado: Resolución de 17 de diciembre de 2013 por la que se deniega la ayuda extraordinaria.
Expediente: PR905A 2013/64-0.
Interesada: María del Carmen Sánchez Díaz.
Acto notificado: Resolución de 23 de diciembre de 2013 por la que se concede la ayuda extraordinaria.