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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Martes, 14 de enero de 2014 Pág. 1522

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (259/2013).

Número de autos: ejecución de títulos judiciales 259/2013.

Demandantes: Humberto Lens Sarasquete, Cipriana Carmen Mos Álvarez, Enrique García Pampín.

Graduada social: Matilde Mallo Nieves.

Demandada: Isla Vionta, S.L.

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 259/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Cipriana Carmen Mos Álvarez, Humberto Lens Sarasquete y Enrique García Pampín contra la empresa Isla Vionta, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado Decreto en fecha 18 de diciembre de 2013 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositiva:

Acuerdo declarar al ejecutado Isla Vionta, S.L., en situación de insolvencia total, por importe de 23.655,09 euros de principal (a Cipriana Carmen Mos Álvarez, 4.765,34 €, a Humberto Lens Sarasquete, 10.915,31 euros y a Enrique García Pampín, 7.974,44 euros), más 2.365,50 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses, gastos y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Llévese el original al libro de decretos, dejando testimonio del mismo en las presentes actuaciones.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 5076 en el Banco Español de Crédito, debiendo indicar en el campo concepto “recurso”, seguido del código “31 Social-revisión de resoluciones secretario judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso”, seguida del “31 Social-revisión de resoluciones secretario judicial”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La secretaria judicial».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Isla Vionta, S.L. expido el presente.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2013

La secretaria judicial