Intentada la notificación del acuerdo según lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula y según lo dispuesto en el apartado 5 del referido artículo y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se notifica a la interesada el contenido de la resolución que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de la misma.
Asimismo, se le hace saber que pone fin a la vía administrativa y que contra la misma cabe formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, así como, con anterioridad y con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de esta publicación, ante esta Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, situadas en la ronda de la Muralla, 70, bajo, Lugo, y a obtener, en su caso, copia de este, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Lugo, 10 de diciembre de 2013
Alberto Linares Fernández
Jefe territorial de Lugo
ANEXO
Nº de expediente: TR341D 2013/142-2.
Nombre: Vanesa Rey Fernández.
DNI/NIF: 33351831-Z.
Último domicilio conocido: calle Ancares, s/n, 27640 Becerreá, Lugo.
Procedimiento: subvención por el establecimiento como trabajador/a autónomo/a o por cuenta propia.
Hecho imputado: no haber presentado la documentación requerida, después de transcurrir el plazo concedido.
Contenido de la resolución: desistimiento de la petición de la solicitud.