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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 4 Miércoles, 8 de enero de 2014 Pág. 665

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (967/2011).

Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber:

Que en el procedimiento ordinario 967/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Daniel Fraile Maestro contra la empresa Transportes Óscar Jartín Sueiro, S.L., Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo:

1º. Estimo la demanda formulada por Daniel Fraile Maestro frente a la empresa Transportes Óscar Jartín Sueiro, S.L. y condeno a la misma a abonar a la parte actora las cantidades siguientes:

Salario del mes de julio de 2011: 1.301,43 euros.

Salario del mes de agosto de 2011: 1.301,43 euros.

Salario del mes de septiembre de 2011: 1.301,43 euros.

Indemnización por falta de preaviso: 173,52 euros

2º. El Fogasa habrá de pasar por la presente resolución en los términos del artículo 33 ET.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Banesto (0030.1846) a nombre de este juzgado con el núm. 1533.0000.36.0967.11, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones a nombre de este juzgado, con el nº 1533.0000.60.0967.11 la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Transportes Óscar Jartín Sueiro, S.L. expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 13 de diciembre de 2013

El secretario judicial