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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Martes, 26 de noviembre de 2013 Pág. 45827

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (694/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 694/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Marcos Ares Ramos contra la empresa Teoplac Aislamientos, S.L., María Vidal Botana y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Diligencia de ordenación.

En Santiago de Compostela a 31 de octubre de 2013.

Visto el estado de las presentes actuaciones, se procede al nuevo señalamiento de los actos de conciliación y juicio el próximo día 10 de diciembre de 2013 a las 11.10 y 11.15 horas en la oficina judicial sita en la segunda planta y en la sala de vistas correspondiente a este juzgado sitas en la calle Berlín, s/n, de Santiago de Compostela, respectivamente.

A la vista de la averiguación domiciliaria cítese a la codemandada Teoplac Aislamientos, S.L. a través de correo en el domicilio sito en el lugar de Cabovila, nº 10, Calo, 15895 Teo, A Coruña, adjuntando copia de la demanda, cédula de citación y decreto de admisión, y para el caso de que resulte negativa la citación, cítese asimismo a través de edictos a insertar en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Cítese a la codemandada María Vidal Botana a través de correo certificado en el domicilio sito en el lugar de A Silva, Lampai, nº 4, Teo 15886, A Coruña, adjuntando copia de la demanda, cédula de citación y decreto de admisión.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal».

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La secretaria judicial