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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Viernes, 22 de noviembre de 2013 Pág. 45544

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (799/2012).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 799/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Elvira Pérez López, José Ángel Rivas Penín y Agustín Sánchez Pena contra Friger, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando la demanda presentada por Elvira Pérez López, asistida por la letrada Sra. Airado Bello, de José Ángel Rivas Penín, asistido por el letrado Sr. Vázquez Díaz, y Agustín Sánchez Pena, representado por el letrado Sr. Vázquez Díaz, contra la empresa Mercantil Española de Refrigeración, S.L., que no compareció pese a estar debidamente citada, y con la intervención del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), representado por el letrado Sr. Linares Ferrer, debo condenar y condeno a la expresada empresa demandada a abonar a Elvira Pérez López la cantidad de dieciocho mil cuatrocientos diecinueve euros con cuatro céntimos (18.419,04 euros); a José Ángel Rivas Penín la cantidad de dos mil noventa euros con setenta y ocho céntimos (2.090,78 euros); y a Agustín Sánchez Pena la cantidad de dieciocho mil ochocientos doce euros con cuarenta y un céntimos (18.812,41 euros), cantidades a las que deberá aplicarse el 10 % por mora, salvo a las adeudadas en concepto de indemnización por despido (18.223,20 euros, en el caso de Elvira Pérez López; 2.063,07 euros, en el caso de José Ángel Rivas Penín, y 17.683,20 euros, en el caso de Agustín Sánchez Pena).

Ello sin perjuicio de la ulterior responsabilidad que pudiera alcanzar al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) en los casos legalmente previstos.

Y con imposición de costas a la parte demandada (incluidos los honorarios del letrado de la parte contraria interviniente, hasta el límite de 600 euros).

Notifíquese esta resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, por conducto de este juzgado, ante el que deberá ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito y con los demás requisitos exigidos en los artículos 191 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Y para que sirva de notificación en forma a Friger, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.

Lugo, 31 de octubre de 2013

El secretario judicial