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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Martes, 19 de noviembre de 2013 Pág. 44690

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2013, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de aprobación definitiva del proyecto de delimitación del núcleo rural de O Barral, parroquia de Castromaior, ayuntamiento de Abadín (expediente PTU-LU-10/007).

El Ayuntamiento de Abadín remite el proyecto de referencia redactado en abril de 2013 por el arquitecto técnico Antonio Javier Núñez Núñez, a los efectos de resolver sobre su aprobación definitiva, conforme a la disposición adicional segunda.2 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia –en adelante LOUG–.

Examinada la documentación aportada y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Subdirección General de Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

a) El municipio de Abadín carece de instrumento de planeamiento general, contando con un proyecto de delimitación de suelo urbano aprobado el 24.1.1992, rigiéndose fuera de su ámbito por las normas de aplicación directa de la LOUG y, en lo que no se opone a éstas, por las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento provincial.

b) En noviembre de 2012 el Ayuntamiento de Abadín había solicitado la aprobación definitiva del presente expediente de delimitación del núcleo rural de O Barral. El expediente fuera aprobado inicial y provisionalmente por el Ayuntamiento el 18.7.2012 y el 6.11.2012, respectivamente, y contaba con informes favorables de la Diputación Provincial de Lugo, emitido el 25.10.2011, y de la Dirección General de Patrimonio Cultural de 14.9.2012, condicionado a la introducción de las medidas protectoras y correctoras que en él se exponían.

c) El 18.2.2013 la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo resolvió desfavorablemente sobre su aprobación definitiva, indicando la necesidad de limitar las posibilidades de división parcelaria, así como de recabar informe del Ministerio de Fomento en relación con las afecciones a la autovía A-8.

d) Con posterioridad, se realizaron los siguientes trámites:

– El Ayuntamiento recabó el referido informe sectorial de carreteras, que fue emitido por la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia con fecha de 4.4.2013, en sentido favorable, condicionado a la introducción de las observaciones indicadas en el cuerpo del informe.

– Se elaboró nuevo proyecto de delimitación atendiendo a las observaciones formuladas en la resolución de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 18.2.2013 y más en el informe de la Demarcación de Carreteras.

– Se emitió nuevo informe de los servicios técnicos municipales (9.4.2013) en sentido favorable. Consideran que las modificaciones introducidas en relación con el documento aprobado provisionalmente en noviembre de 2012 no son sustanciales, por lo que no requerirían de una nueva exposición pública.

– En sesión plenaria celebrada el 11.4.2013, el Ayuntamiento de Abadín acordó aprobar provisionalmente el nuevo proyecto de delimitación.

II. Cumplimentación de las observaciones señaladas en la anterior resolución de la SGOTU de 18.2.2013.

a) En relación con la introducción de limitaciones que habían garantizado el cumplimiento del grado de consolidación edificatoria (artículo 13.3.a) LOUG), en el apartado 11.2.9.4 se prohiben las segregaciones del parcelario original.

b) Por lo que alcanza al informe de carreteras, el mismo tiene carácter favorable, condicionado a la introducción de una serie de observaciones, cumplimentadas en los apartados 8.5.4, 8.5.1.1, 10.2.2.1, 11.2.7 y 11.2.8 del nuevo proyecto.

III. Resolución.

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

1. Aprobar definitivamente el proyecto de delimitación del núcleo rural de O Barral, parroquia de Castromaior, ayuntamiento de Abadín.

2. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el plazo de un mes que se contará a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente (artículos 48, 58, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

3. En el supuesto de que el interesado sea una Administración pública, no cabrá interponer recurso en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación, sin perjuicio del planteamiento, en su caso, del requerimiento previo en igual plazo (artículo 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa).

4. Notifíquese al Ayuntamiento y publíquese en el DOG.

Santiago de Compostela, 12 de julio de 2013

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

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