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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Martes, 19 de noviembre de 2013 Pág. 44688

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

DECRETO 167/2013, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el cambio de titularidad del tramo de la carretera OU-203 Maside (541)-estación de Maside, en toda su longitud, a favor del Ayuntamiento de Maside.

A tenor de lo previsto en el artículo 5 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras incluidas en las redes dependientes de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, por propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 54 que las carreteras autonómicas o provinciales o los tramos determinados de ellas en los que la circulación adquiere características urbanas se entregarán a los respectivos ayuntamientos. El expediente se promoverá a propuesta del ayuntamiento o de la administración titular de la carretera y será resuelto por el Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, después del informe de ambos organismos.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo OU-203 Maside (541)-estación de Maside en toda su longitud, 940 m, a favor del Ayuntamiento de Maside.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, tras la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día catorce de noviembre de dos mil trece,

DISPONGO:

Artículo 1

Se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Maside del tramo OU-203 Maside (541)-estación de Maside en toda su longitud, 940 m.

Artículo 2

En aplicación del artículo 4 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Maside deberá incorporar a su plan de carreteras el vial al que se refiere este decreto.

Artículo 3

La entrega se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia, mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Corresponden al Ayuntamiento de Maside, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva administración titular de la carretera.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, catorce de noviembre de dos mil trece

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras