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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Miércoles, 13 de noviembre de 2013 Pág. 44236

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Innovación

CÉDULA de 25 de octubre de 2013 por la que se notifica el trámite de audiencia previo al inicio de la revocación correspondiente al expediente 10TIC018E devuelto por el servicio de Correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), después de intentar sin éxito la comunicación del trámite de audiencia previo al inicio de la revocación correspondiente al expediente 10TIC018E en el último domicilio social conocido de la entidad Activo Comunicaciones, S.L. se procede a su notificación por medio de anuncio en el tablón del ayuntamiento del último domicilio social conocido y en el Diario Oficial de Galicia. En virtud de esto, se reproduce íntegramente el texto del trámite de audiencia:

«Código del proyecto: 10TIC018E.

Título: Nucoma: Nuevas Comunicaciones Marítimas.

Entidad beneficiaria: Activo Comunicaciones, S.L.

Convocatoria: Orden de 6 de julio de 2010 (DOG de 7 de julio).

Resolución: 13 de diciembre de 2010 (DOG de 24 de diciembre).

Asunto: trámite de audiencia.

Con relación al proyecto indicado le comunico,

1. El artículo 61 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece:

“Artículo 61. Pérdida del derecho al cobro de la subvención

1. Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 33 de la Ley de subvenciones de Galicia.

2. El procedimiento para declarar la procedencia de la pérdida del derecho de cobro de la subvención será el establecido en el artículo 38 de la Ley de subvenciones de Galicia”.

2. Con fecha 7 de agosto de 2010, la entidad Activo Comunicaciones, S.L. solicita ser beneficiaria de una subvención correspondiente a los programas sectoriales de investigación aplicada, pyme I+D e I+D Suma del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica, cuyas bases de concesión se encuentran en la mencionada Orden de 6 de julio de 2010, para la realización del proyecto Nucoma: Nuevas Comunicaciones Marítimas (10TIC018E).

3. En la Resolución de 13 de diciembre de 2010 (DOG de 24 de diciembre) se concede a Activo Comunicaciones, S.L. una subvención para la realización del mencionado proyecto, tal y como se indica a continuación:

1ª anualidad

2ª anualidad

3ª anualidad

4ª anualidad

Total

3.376,40 €

45.341,80 €

45.157,20 €

0,00 €

93.875,40 €

4. Con fecha 20 de diciembre de 2010, Activo Comunicaciones, S.L. acepta la concesión de dicha subvención, por lo que se le hace ingreso del anticipo correspondiente a la primera anualidad del año 2010 de 3.376,40 €.

5. Con fecha 30 de diciembre de 2010, la entidad presenta la documentación justificativa para el gasto realizado correspondiente a la anualidad 2010. Comprobada la documentación justificativa de la realización del gasto de la mencionada anualidad, se le hace ingreso del anticipo correspondiente a la segunda anualidad del año 2011 de 45.341,80 €.

6. Con fecha 15 de diciembre de 2011, Activo Comunicaciones, S.L. presenta la documentación justificativa correspondiente a la anualidad 2011, siendo la documentación justificativa del gasto de esta anualidad comprobada correctamente.

7. En la fecha límite de presentación de la documentación justificativa de la realización del gasto correspondiente a la tercera anualidad del año 2012, 30 de septiembre de 2012, Activo Comunicaciones, S.L. no hace presentación de dicha documentación.

8. Con fecha 14 de diciembre de 2012, se remite escrito a la entidad Activo Comunicaciones, S.L., concediéndole un plazo de 10 días, para la presentación de la documentación justificativa de la realización del gasto correspondiente a la tercera anualidad del año 2012.

9. Con fecha 9 de enero de 2013, Activo Comunicaciones, S.L. presenta la documentación justificativa correspondiente a la anualidad 2012, en respuesta al escrito mencionado en el apartado anterior.

10. Con fecha 30 de mayo de 2013, se remite escrito a la entidad indicando los defectos enmendables detectados en la mencionada justificación y concediéndole, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto 11/2009, un plazo de 10 días, para enmendar las deficiencias señaladas en el mismo. Dicha documentación requerida consiste en los documentos que a continuación se señalan:

– Modelo A8 de informe final del proyecto, en soporte físico, firmado por el responsable del proyecto, y en soporte informático.

– Memoria en formato libre, tanto en soporte físico como informático.

– Certificación bancaria de número de cuenta.

– Certificado del cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, posterior al 21 de marzo de 2013.

11. Transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior, Activo Comunicaciones, S.L., no presenta la documentación requerida.

12. Teniendo en cuenta que la entidad no presentó la documentación justificativa completa y correcta de la subvención concedida dentro de los plazos establecidos y, consecuentemente, no se acreditó correctamente el cumplimiento de la finalidad que determinó su concesión, procede iniciar resolución de revocación de la subvención para dejar sin efecto la Resolución de 13 de diciembre de 2010 (DOG de 24 de diciembre) por la que se adjudican las subvenciones correspondientes a las tecnologías de la información y las comunicaciones, de los programas sectoriales de investigación aplicada, pyme I+D e I+D suma del Plan gallego de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, convocadas en la Orden de 6 de julio de 2010 (DOG de 7 de julio) por la que se concedía una subvención de 93.875,40 € a la entidad Activo Comunicaciones, S.L., para la realización del proyecto titulado “Nucoma: Nuevas Comunicaciones Marítimas” (10TIC018E). Dicho hecho implica, en cumplimiento del artículo 21.1º de la mencionada Orden de 6 de julio, el reintegro por parte del beneficiario Activo Comunicaciones, S.L. de la cantidad que le fue anticipada en concepto de pago de la subvención (48.718,20 €) correspondiente a las anualidades 2010 y 2011 del proyecto.

Por todo lo indicado anteriormente, y antes de proceder a dictar la resolución de revocación, y de acuerdo con lo establecido en el artícuo 84.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le concede un plazo de 10 días hábiles para realizar las alegaciones que estimen pertinentes.

Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2013. La directora del Área de Crecimiento y Valorización. Pilar Morgade Saavedra».

Hay un sello que dice: «Xunta de Galicia. Consellería de Economía e Industria. Axencia Galega de Innovación».

Lo que se notifica por medio de anuncio para su conocimiento y a los efectos oportunos.

Santiago de Compostela, 25 de octubre de 2013

Manuel Varela Rey
Director de la Agencia Gallega de Innovación