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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Lunes, 11 de noviembre de 2013 Pág. 43903

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2013, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se autoriza, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara de utilidad pública, a los efectos de la urgente ocupación, la instalación eléctrica denominada LMT, CT y RBT Mudelos, en el ayuntamiento de O Carballiño (expediente IN407A 2013/19-3).

Examinado el expediente instruido a petición de Unión Fenosa Distribución, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en A Batundeira, 2, Velle, 32960 Ourense, sobre autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia, así como la aprobación de su proyecto de ejecución, firmado el 17 de septiembre de 2012 por Burkard Hecht Elorduy, ingeniero industrial colegiado nº 2633, así como las modificaciones introducidas a aquel por el anexo de fecha 23 de agosto de 2013, que fue presentado el día 26 de septiembre de 2013; resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho.

Primero. La petición se sometió a información pública por Resolución de 2 de abril de 2013, de la jefatura territorial de la Consellería de Economía e Industria de Ourense, publicada en el DOG de 26 de abril de 2013, en el BOP de Ourense de 30 de abril de 2013, en el periódico diario La Región de 17 de abril de 2013, en el tablón de anuncios del ayuntamiento afectado, y en esta jefatura territorial, en aplicación de los artículos 125 y 144 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la legislación de aplicación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.

Segundo. Dentro del plazo establecido para ello fue presentada alegación por el titular de la finca nº 1, según las numeraciones del plano parcelario de proyecto; de esta alegación, que se refiere a la petición de enterramiento de la modificación proyectada en aéreo para alimentación del CT de Paciños, así como que se atienda a la mejora eléctrica de este núcleo, se le dio traslado a la empresa eléctrica solicitante a los efectos oportunos.

Tercero. Las características técnicas básicas de las instalaciones proyectadas, con las modificaciones introducidas por el citado anexo, que tienen un presupuesto de 388.660,99 euros, son las siguientes:

Características técnicas:

• LMT subterránea a 20 KV de 1.596 m con conductor RHZ1-12/20 kV-3×150 Al, con origen en el PAS proyectado en apoyo celosía existente de la LMT CNO 804 CEA4 y final en el CT proyectado en Mudelos, de 160 kVA y R/T 20.000/400-230 V.

• RBT aero-subterránea de 1.550 m en aéreo con conductor RZ y 12 m en subterráneo con conductor XZ1, derivada del CT existente A Veiga (32A316).

• RBT aero-subterránea de 2.970 m en aéreo, con conductor RZ, y 770 m en subterráneo con conductor XZ1, derivada del CT proyectado Mudelos.

Fundamentos de derecho.

Primero. La jefatura territorial de la Consellería de Economía e Industria de Ourense es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma gallega en materia de industria, energía y minas, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Real decreto 1955/2000, por el Decreto 36/2001, de 25 de enero, y por el Decreto 245/2009, de 30 de abril, que regula las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia (DOG de 1 de mayo).

Segundo. En el expediente se cumplieron los trámites señalados en el artículo 53 de la señalada Ley 54/1997, y los reglamentarios ordenados en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula el procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Tercero. Con las modificaciones introducidas al proyecto se atienden las alegaciones presentadas por la CMVMC de Paciños, ya que se suprimen las actuaciones en aéreo en media tensión al realizar el entronque de la LMTS proyectada en apoyo anterior al inicialmente previsto; además, en lo relativo a las reformas en baja tensión en el citado núcleo, se está evaluando, como indica la propia empresa eléctrica en la contestación de alegaciones, su acometida mediante un proyecto general o bien con actuaciones puntuales que pudieran ejecutarse para mantener la calidad en el suministro.

Cuarto. El proyecto de ejecución, que está informado de manera favorable polos servicios técnicos de esta jefatura territorial, reúne todos los requisitos necesarios para su ejecución, efectuándose la comprobación sobre el terreno del trazado de la línea eléctrica, en la que no se da ninguna de las limitaciones a la constitución de servidumbre de paso a las que se refiere el artículo 161 del Real decreto 1955/2000.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

1º. Autorizar, aprobar el proyecto y declarar de utilidad pública, en concreto, dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto, y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Las instalaciones se ejecutarán en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

2º. Que el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifiquen de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo de la resolución de información pública del proyecto.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Ourense, 17 de octubre de 2013

P.S.L. (Decreto 110/2013, de 4 de julio)
Alfonso Tomás Paz Doniz
Jefe del Servicio de Administración Industrial