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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Viernes, 8 de noviembre de 2013 Pág. 43722

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2651/2013).

Secretaria: Sra. Freire Corzo.

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 2651/2013-CG.

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 1146/2012 Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña.

Recurrente: José Luis Méndez Varela.

Graduada social: Ana María Ferreiro Río.

Recurridos: Fogasa, empresa José Manuel Añón Vázquez, Pedro Pablo Añón Outeiro, Ana Añón Outeiro, herencia yacente del empresario José Manuel Añón Vázquez, María Josefa Outeiro Martínez, herederos desconocidos del empresario José Manuel Añón Vázquez.

Abogados: María Velo Louzán, Francisca Dolores Arias Castro.

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2651/2013-CG, seguido a instancia de José Luis Méndez Varela contra Fogasa, empresa José Manuel Añón Vázquez, Pedro Pablo Añón Outeiro, Ana Añón Outeiro, herencia yacente del empresario José Manuel Añón Vázquez, María Josefa Outeiro Martínez, herederos desconocidos del empresario José Manuel Añón Vázquez, sobre despido disciplinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

Fallamos que procedemos a declarar la nulidad de la sentencia dictada en fecha 28 de febrero de 2013 por el Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictada en autos 1146/2012, seguidos a instancia de José Luis Méndez Varela contra la empresa José Manuel Añón Vázquez, herencia yacente del empresario José Manuel Añón Vázquez, Pedro Pablo Añón Outeiro, Ana Añón Outeiro, María Josefa Outeiro Martínez, herederos desconocidos del empresario José Manuel Añón Vázquez y el Fogasa, y acordamos la retroacción de las actuaciones al momento inmediatamente inferior al dictado de la sentencia de instancia para que por la magistrada que conoció del juicio se dicte nueva sentencia entrando a resolver sobre la acción de despido ejercitada y las demás cuestiones planteadas por las partes.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, número 1552 0000 80 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala número 1552 0000 37 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año).

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a herederos desconocidos del empresario José Manuel Añón Vázquez, actualmente en ignorado paradero, con último domicilio conocido en A Rabadeira-Paiosaco, A Laracha (A Coruña), con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 16 de octubre de 2013

La secretaria judicial