Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Lunes, 4 de noviembre de 2013 Pág. 43135

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 3 de octubre de 2013 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de la concesión y de la batea Jofu I.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Jofu I y de la concesión administrativa que le ampara, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de fecha 2.10.2013, Rosalía Suárez Otero, en representación de la unidad de herederos de José Fungueiriño Muñiz, solicitó autorización para transmisión de la concesión y de la batea Jofu I.

Segundo. El informe del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de la batea es favorable.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG nº 243, de 15 de diciembre), de modificación de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre (DOG nº 243, de 16 de diciembre), de pesca de Galicia; con el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, que aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia; con el Decreto 174/2002, de 10 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG nº 97, de 22 de mayo), y con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de Coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de Carmen Fungueiriño Suárez (33263565E) 1/2 privativo, de la concesión y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Jofu I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 209.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 6.5.1964.

Fin vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: José Fungueiriño Muñiz y Rosalía Suárez Otero (33074963C- 33073735B) 100 % gananciales.

Nuevas titulares: Carmen Fungueiriño Suárez (33263565E), 1/2 privativo y Rosalía Suárez Otero (33073735B) 1/2 privativo.

Las nuevas titulares de la concesión se subrogan en los derechos y obligaciones de los anteriores.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Medio Rural y del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 3 de octubre de 2013

P.D. de firma (Resolución de 12.4.2012)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe de Coordinación del Área del Mar de A Coruña