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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Martes, 24 de septiembre de 2013 Pág. 37752

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2013 por la que se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a proyectos de energías renovables, con financiación procedente de fondos comunitarios derivados del programa operativo Feder-Galicia 2007-2013, incluidos en la convocatoria efectuada mediante Resolución de 9 de abril de 2013 (Diario Oficial de Galicia número 76, de 16 de abril).

Antecedentes.

1. En la referida Resolución de 9 de abril de 2013, por la que se establecieron las bases reguladoras y se anunció la convocatoria de subvenciones para este ejercicio a proyectos de energías renovables (en adelante, bases reguladoras), se establece la posibilidad de solicitar ayudas en las siguientes tecnologías previstas en su anexo I:

Concepto

Código de procedimiento

Energía solar térmica

IN421A

Energía solar fotovoltaica aislada e instalaciones mixtas aisladas

IN421B

Energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas

IN421C

Calderas de biomasa

IN421D

2. Teniendo en cuenta el carácter dinámico que se otorga al procedimiento administrativo de concesión, una vez confirmada la reserva de fondos y la posterior presentación en plazo de las solicituds ya formalizadas, se verificó que tanto su documentación como los proyectos técnicos cumplen con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Consideraciones legales.

1. El Departamento de Secretaría y Servicios Generales del Instituto Energético de Galicia será el órgano competente para la instrucción del procedimiento administrativo de concesión de las subvenciones, y corresponde al director de este organismo dictar las diferentes resoluciones que se deriven del mismo (artículo 12.1 de las bases reguladoras).

2. Todas las resoluciones serán notificadas de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Con carácter general no se enviarán notificaciones postales y, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6.b) de la indicada ley, en el caso de las resoluciones de concesión, se podrá sustituir la notificación individual por la publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Inega (www.inega.es). En esta publicación se especificará la fecha de la convocatoria, los beneficiarios, las cantidades concedidas y la finalidad de las subvenciones otorgadas. Con la publicación en el DOG se remitirá a los beneficiarios a que consulten la información detallada de la resolución a través del tablón electrónico de anuncios habilitado a estos efectos en la referida página web.

3. La concesión de las subvenciones se efectuará respetando el orden riguroso de la reserva de fondos realizado a través de la aplicación informática, y después de presentar la solicitud y la totalidad de la documentación administrativa y técnica prevista en el artículo 7.5 de las bases reguladoras, sin perjuicio de la posterior revisión de tales documentos por la comisión técnica, que podría dar lugar, en su caso, a la modificación de la ayuda en la resolución de concesión (artículos 7.1.a) y 10 de las bases reguladoras).

4. Las presentes ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en un 52 %, en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2007-2013, eje 4, tema prioritario 40 y 41.

5. En este procedimiento sólo se tienen en cuenta aquellos hechos, alegaciones o pruebas aducidos por los propios interesados.

6. Para determinar el importe de la inversión subvencionada o coste elegible y fijar la cuantía máxima de ayuda se atendió a los criterios recogidos en el anexo I de las bases reguladoras (Normas por tecnología aplicada).

7. Salvo en aquellos supuestos en que los beneficiarios son particulares o instituciones que non desarrollan actividades económicas que repercutan en terceros, se estuvo a lo dispuesto en el artículo 23 y concordantes del Reglamento (CE) número 800/2008, de 6 de agosto, de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE (DOUE L 214, de 9 de agosto), concretamente para la siguiente categoría exenta: ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente destinadas a la promoción de energía procedente de fuentes de energía renovables.

8. Tal y como dispone el artículo 14 de las bases reguladoras, todas las ayudas concedidas implican la aceptación por parte de sus destinatarios para que sean incluidos en la lista pública de beneficiarios prevista en los artículos 6 y 7.2 d) del Reglamento (CE) de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006 (DOUE L 371, de 27 de diciembre).

Asimismo, como beneficiarios de una ayuda cofinanciada, deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad comunitaria establecidas en los artículos 8 y 9 del citado reglamento y en el artículo 1, apartados 1) y 2) del Reglamento (CE) de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009 (DOUE L 250, de 23 de septiembre).

De acuerdo con todo lo anterior, y dentro del plazo previsto en el artículo 13 de las bases reguladoras, esta dirección

RESUELVE:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de las ayudas concedidas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 08.A2.733A.781.7/08.A2.733A.771.7/ 08.A2.733A.781.5/08.A2.733A.781.8/08.A2.733A.771.8/08.A2.733A.781.1 y 08.A2.733A.771.6, en las distintas tipologías que aparecen recogidas en el anexo de esta resolución.

Segundo. Todos los beneficiarios podrán obtener la información detallada de los requisitos de la subvención concedida, accediendo al tablón electrónico a través de la aplicación informática habilitada para estas ayudas con el usuario y contraseña del solicitante, desde la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.es), en el apartado «Ayudas a instalaciones energías renovables 2013».

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de las bases reguladoras, si transcurriesen diez (10) días hábiles desde la publicación de esta resolución en el DOG sin que los interesados que figuran en el anexo comunicasen expresamente su renuncia a la subvención, se entenderá que la aceptan, y desde ese momento adquirirán la condición de beneficiarios.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a su publicación o notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Potestativamente, y con carácter previo, se puede interponer recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un (1) mes contado del mismo modo, tal y como disponen los artículos 116 y117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2013

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia

ANEXO
Subvenciones concedidas

IN421A - Grupo I: energía solar térmica (eje 4, medida 40)

Beneficiarios: familias e instituciones sin ánimo de lucro

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.7

Código de
solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA

(€)

Subvención

(€)

IN421A/13R40

35431873M

Francisco Cores Abal

4.470,00

1.760,67

IN421A/13R454

76712044Y

Concepción Dolores Macías Méndez

2.450,00

517,18

IN421A/13R461

46901886X

Luis González Jove

3.351,85

558,86

IN421A/13R470

78731863B

Pablo Pérez Paz

3.100,00

446,08

IN421A/13R474

76310785M

Manuel García Moar

6.190,00

1.702,44

IN421A/13R477

00686233M

Luciano Martínez de las Heras

4.343,58

1.350,00

IN421A - Grupo I: energía solar térmica (eje 4, medida 40)

Beneficiarios: empresas privadas

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.771.7

Código de
solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA

(€)

Subvención

(€)

IN421A/13R444

B15204738

Foncafer, S.L.

8.101,50

1.183,37

IN421A/13R462

B15320187

José Fajardo, S.L.

8.624,66

3.127,90

IN421A/13R481

B36113348

Penide Campos, S.L.

31.956,00

20.771,40

IN421A/13R522

B94026002

Trasil Inversións, S.L.

8.990,00

2.869,56

IN421B - Grupo II: energía solar fotovoltaica aislada e instalaciones mixtas aisladas (eje 4, medida 40)

Beneficiarios: familias e instituciones sin ánimo de lucro

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.5

Código de solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA

(€)

Subvención

(€)

IN421B/13R24

G27377811

Asociación Aldeanos de Formigueiros

5.475,00

3.931,69

IN421C - Grupo III: energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas (eje 4, medida 40)

Beneficiarios: familias e instituciones sin ánimo de lucro

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.8

Código de solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA

(€)

Subvención

(€)

IN421C/13R245

44808738T

Javier García Bello

8.918,00

2.058,00

IN421C/13R248

34192530V

Divina Ferreiro Batán

7.280,00

1.728,00

IN421C/13R249

15243692M

Jesús Antolín Alzugaray

6.000,00

2.592,00

IN421C - Grupo III: energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas (eje 4, medida 40)

Beneficiarios: empresas privadas

Aplicación presupuestarias: 08.A2.733A.771.8

Código de solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA

(€)

Subvención

(€)

IN421C/13R60

B36258143

Estación de Servicio España-Portugal, S.L.

38.016,00

12.672,00

IN421C/13R88

B36611705

Nodosa, S.L.

62.100,00

20.000,00

IN421D - Grupo IV: calderas de biomasa (eje 4, medida 41)

Beneficiarios: familias e instituciones sin ánimo de lucro

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.1

Código

de solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA

(€)

Subvención

(€)

IN421D/13R143

52431583R

María del Carmen Jallas Jallas

7.500,00

1.660,00

IN421D/13R1106

76340135F

Jesús María Ramos Cagiao

5.855,00

1.200,00

IN421D/13R1250

33319948D

Mario Gay Varela

4.040,80

660,00

IN421D/13R1279

01497149X

Juan Junkera Rodríguez

11.699,20

2.000,00

IN421D/13R1491

33838991B

Gonzalo Seco Casal

5.848,00

1.500,00

IN421D/13R1509

34960202H

Josefa Rodríguez Novoa

2.700,00

804,05

IN421D/13R1566

76343701P

José Antonio Domínguez González

5.390,00

1.660,00

IN421D/13R1005

76619474B

Juan Benjamín Vázquez Hermida

5.658,00

1.992,00

IN421D/13R1500

46916947Y

Marcos Cardero Castro

3.500,00

1.494,00

IN421D/13R1501

33350143M

Sonia Neira Castro

7.100,00

2.000,00

IN421D/13R1508

76608049V

José Luis Rodríguez Rois

11.114,00

3.000,00

IN421D/13R1599

35546849G

Juan Prada Álvarez

12.166,90

800,00

IN421D/13R1614

16518963H

María Adoración Blanco Ruiz

12.853,00

3.000,00

IN421D/13R1630

32832802A

Elisa Pazos Díaz

10.139,00

2.560,00

IN421D/13R1641

76391551H

Sara Ramil Rey

6.480,00

1.200,00

IN421D/13R1652

32790450V

Antonio Iglesias Arnejo

5.300,00

1.992,00

IN421D - Grupo IV: calderas de biomasa (eje 4, medida 41)

Beneficiarios: empresas privadas

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.771.6

Código

de solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA

(€)

Subvención

(€)

IN421D/13R805

B32404279

Ribeiro Geriatría, S.L.

62.154,00

17.920,00

IN421D/13R1435

B32168809

Grupo Antolín Instalaciones, S.L.

16.223,74

4.480,00

IN421D/13R1604

B27396480

Otega Ingeniería, S.L.

294.918,94

30.000,00

IN421D/13R1605

B27396480

Otega Ingeniería, S.L.

167.502,00

30.000,00

IN421D/13R1608

B27380633

Lugo Carne, S.L.

135.824,00

30.000,00

IN421D/13R1620

B27015882

Isempa, S.L.

86.408,21

16.080,00

IN421D/13R1654

V36403350

SAT Sampaio nº 1140 XUGA

49.000,00

20.000,00