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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 169 Jueves, 5 de septiembre de 2013 Pág. 35355

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

EDICTO de 9 de agosto de 2013 por el que se da publicidad del Acuerdo del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña sobre la adaptación del croquis de los límites norte y oeste del monte vecinal de Caldebarcos y San Cibrao, de la parroquia de San Mamede de Carnota (expediente 314).

A los efectos previstos en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2013, de 28 de junio, de montes de Galicia, se da publicidad de que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña, en sesión que tuvo lugar el día 10 de julio de 2013, adoptó el siguiente acuerdo en relación a la revisión del croquis y elaboración de la cartografía actualizada del monte vecinal de Caldebarcos y San Cibrao, de la parroquia de San Mamede de Carnota (expediente 314).

Antecedentes de hecho.

Primero. El Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural y del Mar en A Coruña y, en particular, el jefe del Área Técnica de Montes Vecinales en Mano Común, presenta el 5.7.2013 un informe-propuesta sobre la adaptación de los límites norte y oeste del monte vecinal de Caldebarcos y San Cibrao, declarado como vecinal por resolución de este jurado de 23.5.1995, al estar estas líneas colindantes sin definir de forma precisa y de acuerdo con las nuevas técnicas topográficas en su expediente de clasificación.

Segundo. Con el informe presentado se aporta, además del levantamiento topográfico de dichos extremos, realizado por personal del Servicio de Montes en el año 2007, la aprobación de este tanto por la Asamblea General de la comunidad propietaria del monte como por el ayuntamiento de Carnota mediante acuerdo del Pleno de 23.11.2007, al ser el titular del monte O Pindo (CUP nº 368) afectado por los límites a definir. Asimismo, se indica en el informe que el levantamiento topográfico presentado es totalmente compatible con la definición de límites de la resolución del Jurado de 1995 por la que se clasificaba como monte vecinal en mano común al monte Caldebarcos y San Cibrao, y con la indefinición cartográfica de la representación gráfica que obraba en el expediente.

Tercero. De acuerdo con dicho levantamiento topográfico del extremo norte y oeste, la definición ya existente de los límites sur y este que se correspondían con el deslinde del monte CUP número 368 del monte Pindo ya definidos en el expediente original, el monte vecinal de Caldebarcos y San Cibrao de la Comunidad de San Mamede de Carnota, tiene la siguiente superficie y límites:

Superficie: 306,74 ha.

Lindes:

Norte: parte del punto de confluencia entre la pista forestal que va de A Curra a Quilmas y la que se inicia en Vadebois (punto 5 del levantamiento topográfico(1), LP) sigue en línea recta en la dirección N-L hasta el pico de cota 426 (punto 4 del LP) y de ahí hasta el de cota 247 (punto 3 del LP).

Este: desde el punto 3 del LP hasta el punto 2, situado en O Rego de Alba, baja por O Rego de Alba hasta el punto 1 del LP, y de este va hasta el vértice 73 del deslinde del monte Pindo (DMP), número 368 del CUP, hasta el vértice 226 del DMP, siguiendo el orden de los vértices.

Sur: desde el vértice 226 del DMP hasta el 572 del DMP siguiendo el orden creciente de vértices.

Oeste: desde el vértice 572 del DMP hasta el punto 13 del LP de este al punto 12 del LP (que coincide con el vértice 494 del DMP), de este hasta el punto 5 del LP siguiendo el orden decreciente de los mismos.

Fundamentos de derecho.

Primero. La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, en su disposición transitoria decimotercera, establece un procedimiento de revisión de croquis de montes vecinales que por su antigüedad no reúnan las características de fiabilidad y precisión que exigen las nuevas técnicas topográficas.

Segundo. En el párrafo segundo de la referida disposición decimotercera establece que la Administración forestal puede realizar una propuesta con la revisión y elaboración de la cartografía actualizada del monte vecinal, que remitirá al Jurado para su aceptación.

Vista la propuesta presentada por el Servicio de Montes de la Consellería del Medio Rural y del Mar, analizada la documentación aportada con ella, este jurado en atención a lo dispuesto en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2013, de montes de Galicia, por unanimidad de los miembros presentes con derecho a voto,

ACUERDA:

Primero. Aceptar la revisión de croquis presentada por el Servicio de Montes a los lindes norte y oeste del monte vecinal en mano común de Caldebarcos y San Cibrao, de San Mamede de Carnota, según el informe presentado el 5.7.2013 por el jefe del Área Técnica de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña y la planimetría aportada, quedando identificado el monte con las características que se indican en el antecedente tercero de esta resolución.

Segundo. Notificar esta propuesta a la comunidad propietaria, al Ayuntamiento de Carnota y publicarla en el Diario Oficial de Galicia para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de montes de Galicia.

A Coruña, 9 de agosto de 2013

Antonio Manuel Aguión Fernández
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de A Coruña