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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 169 Jueves, 5 de septiembre de 2013 Pág. 35323

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (999/2011).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 999/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Fernando Moreira Suárez contra la empresa Grupo Construnor Estructuras, S.L., Construnor Estructuras, S.L. sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo que estimando la demanda formulada por Fernando Moreira Suárez, asistido por el letrado del sindicato CIG Sr. Castro Martínez, frente a la entidad Grupo Construnor Estructuras, S.L. y Constructor Estructuras, S.L., que no comparecen pese a constar citadas en legal forma, deba condenar y condeno a las demandadas a que abonen al actor la cantidad de 1.967,71 euros, y el 10 % de interés por mora. De dicha cantidad responderán solidariamente ambas demandadas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado, por escrito o comparecencia, en el término de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia, y con expresa advertencia de que, de ser recurrentes, las demandadas deberán exhibir ante este juzgado el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de recurso de este juzgado de lo social la cantidad de ciento cincuenta euros y veinticinco céntimos (150,25 euros) preceptivas para recurrir. Sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a las codemandadas Grupo Construnor Estructuras, S.L. y Construnor Estructuras, S.L., se inserta el presente edicto en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 2013

La secretaria judicial