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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Martes, 30 de julio de 2013 Pág. 30274

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 666/2013).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 666/2013 PM.

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 1303/2011 Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña.

Recurrente: María del Mar Maroño Arévalo.

Graduado social: Rafael A. Verdia Rodríguez.

Recurridos: Fogasa, Nogi Outeiro Orense, S.L., María Jacinta Sánchez Rodríguez.

M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 666/2013 PM de esta sección, seguido a instancia de María del Mar Maroño Arévalo contra la empresa Nogi Outeiro Orense, S.L., María Jacinta Sánchez Rodríguez, sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de la actora contra la sentencia de fecha 10 de septiembre de 2012, dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de los de A Coruña en los autos número 1303/2011, seguidos a instancias de la actora María del Mar Moroño Arévalo contra Nogui Outeiro Orense, S.L. y Mª Jacinta Sánchez Rodríguez y Fogasa sobre despido, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, número 1552 0000 80 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala número 1552 0000 37 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a Nogi Outeiro Orense, S.L. y María Jacinta Sánchez Rodríguez, con último domicilio conocido en Sada, A Coruña, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 9 de julio de 2013

La secretaria judicial