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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 142 Viernes, 26 de julio de 2013 Pág. 29761

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 18 de julio de 2013 por la que se designa el órgano estadístico sectorial de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

El Decreto 24/2008, de 21 de febrero, regula los órganos estadísticos sectoriales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y el procedimiento para su designación. En el punto 1º de su artículo 2 se establece que este órgano está integrado por una o varias unidades administrativas que se designarán por resolución de la persona titular del departamento en el que se integra orgánicamente.

Mediante la Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 29 de julio de 2010, se designó el órgano estadístico sectorial de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

El Decreto 88/2013, de 30 de mayo, de estructura orgánica de los órganos superiores y de dirección dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, en el artículo 2, párrafo 4.1.3, establece que son funciones del Servicio de Planificación, Análisis y Gestión Económica, la formación de estadísticas en las materias que sean competencia de los órganos dependientes de la Presidencia, sin perjuicio de las funciones en esta materia de otros órganos o unidades.

Por lo indicado anteriormente, es necesario proceder a una nueva designación del órgano estadístico sectorial de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 3 y 7 del Decreto 24/2008, de 21 de febrero,

DISPONGO:

Primero. Designar el órgano estadístico sectorial de la Presidencia de la Xunta de Galicia, que estará integrado por la unidad administrativa que se especifica a continuación:

a) Puesto de trabajo: Servicio de Planificación, Análisis y Gestión Económica, dependiente de la Secretaría General de la Presidencia.

b) Coordinador o coordinadora: el funcionario o funcionaria titular del puesto de trabajo que se designa.

c) Localización física: dependencias de la Secretaría General de la Presidencia, Edificio Administrativo San Caetano, Santiago de Compostela.

Segundo. A efectos del registro a que se refiere el artículo 3 del Decreto 24/2008, de 21 de febrero, la Secretaría General de la Presidencia comunicará al Instituto Gallego de Estadística los datos relativos a la identidad de la persona que, en cada momento, ocupe el puesto de trabajo que se identifica en el punto primero, que se nombrará siguiendo los procedimientos de provisión establecidos en la normativa vigente en materia de función pública.

Tercero. La presente orden de designación del órgano estadístico sectorial de la Presidencia de la Xunta de Galicia deja sin efecto la Orden de 29 de julio de 2010, por la que se designa el órgano estadístico sectorial de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de julio de 2013

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia