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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Lunes, 8 de julio de 2013 Pág. 27123

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de la Coruña

EDICTO (303/2013).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 303/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mª Carmen Blanco Lapido contra la empresa Hotel El Hórreo, S.A. sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia  317/2013.

A Coruña, 12 de junio de 2013.

Visto por mí, María Sánchez Galindo, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, el estado procesal que presentan las presentes actuaciones, registradas ante este órgano judicial como despido bajo el número 303/2013, en las que es parte demandante María Carmen Blanco Lapido, asistida por el Sr. Pedreira Candal, y partes demandadas, la mercantil Hotel El Hórreo, S.A., que no ha comparecido a los actos de conciliación judicial y juicio a pesar de haber sido citado en legal tiempo y forma, y el Fondo de Garantía Salarial (también Fogasa), asistido por la letrada Sra. Prosper Montalvo, en nombre de S.M. El Rey vengo a dictar la presente con base en los siguientes.

Fallo que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por la trabajadora María Carmen Blanco Lapido, asistida por el letrado Sr. Pedreira Candal, contra la mercantil Hotel El Hórreo, S.A. y el Fondo de Garantía Salarial (también Fogasa) por existir caducidad de la acción de despido y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a las demandadas de todos los pronunciamientos aducidos en su contra en el escrito de demanda rector.

Notifíquese esta sentencia a las partes interesadas, con la advertencia de que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de suplicación en el presente órgano judicial para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (A Coruña), dentro de los cinco (5) días siguientes al de su notificación, previo depósito de las cantidades objeto de condena y con los requisitos exigidos en el artículo 190 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social. 

Así, por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio literal a los autos originales, María Sánchez Galindo, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada cuenta, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia, por la jueza sustituta que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Hotel El Hórreo, S.A., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 12 de junio de 2013

La secretaria judicial