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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Lunes, 17 de junio de 2013 Pág. 23166

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 5 de junio de 2013 por la que se convocan para el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a la realización de proyectos piloto cofinanciadas en un 75 % con el Fondo Europeo de Pesca (FEP).

Mediante la Orden de 15 de mayo de 2012 (DOG nº 102, de 30 de mayo) se establecieron las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la realización de proyectos piloto cofinanciadas con el Fondo Europeo de Pesca (FEP), en virtud del Reglamento (CE) nº 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de Pesca (FEP).

La orden de bases reguladoras establece en el artículo 3 que el crédito anual existente se fijará en cada orden de convocatoria.

Conviene indicar, además, que, según la Decisión C (2012)9373 de ejecución de la Comisión que modifica la Decisión C(2007)6615, la tasa media de cofinanciación del FEP es de un 75 % en todas las medidas. Por otro lado, el período de elegibilidad del actual programa operativo (2007-2013) abarca desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2015, según dispone el artículo 55.1 del Reglamento (CE) nº 1198/2006.

Por otro lado, tenemos que indicar que no fue posible, dentro del año de convocatoria, la resolución de los expedientes presentados al amparo de la Orden de 15 de mayo de 2012 (DOG nº 102, de 30 de mayo), esto es, los presentados en la convocatoria de ese año, por lo que se estima procedente resolver dicha convocatoria conjuntamente con la convocatoria de este año 2013.

Sobre la base de lo anterior, procede convocar para el año 2013 las ayudas a la realización de proyectos piloto fijando el crédito orzamentario.

Por todo ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1º 3 del Estatuto de autonomía de Galicia, y en uso de la competencia que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo 1. Convocatoria de ayudas

Se convocan para el ejercicio 2013 ayudas a la realización de proyectos piloto que se regirán por las bases y condiciones y de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden de 15 de mayo de 2012 por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas (DOG nº 102, de 30 de mayo)

Artículo 2. Crédito presupuestario

1. Para el año 2013 las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.30.723A.780.2 de la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para este año, con un importe máximo de 3.420.000 euros, distribuidos en las siguientes anualidades:

Anualidad 2013: 720.000 euros.

Anualidad 2014: 1.700.000 euros.

Anualidad 2015: 1.000.000 de euros.

2. Los importes fijados en el punto anterior de este artículo se podrán ampliar con fondos incorporados y remanentes adicionales, sin que eso dé lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

3. Las ayudas estarán limitadas, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias.

4. Las ayudas mencionadas cuentan con financiación del FEP en un 75 % y del Estado miembro en un 25 %.

Artículo 3. Plazo de presentación de solicitudes

1. Para esta convocatoria de 2013 el plazo de presentación de solicitudes será de 45 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

2. La solicitud se podrá presentar electrónicamente en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en la dirección electrónica https://sede.xunta.es, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes, y una vez aprobada por Orden de 15 de septiembre de 2011 la puesta en funcionamiento de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Asimismo, los interesados podrán también presentar la solicitud y la documentación indicada en el artículo 9 punto 3 de la orden reguladora de estas ayudas (Orden de 15 de mayo de 2012), en el Registro Único y de Información del Complejo Administrativo de San Caetano en Santiago de Compostela o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Disposición transitoria

Las solicitudes que se presentaran a la convocatoria de proyectos piloto del año 2012 al amparo de la Orden de 15 de mayo de 2012 y que no recibiesen resolución expresa respecto de la subvencionabilidad del proyecto, deberán manifestar mediante escrito su intención de acogerse a la convocatoria del año 2013, escrito que se presentará en el plazo establecido en el artículo 3 punto 1 de esta orden. Transcurrido el plazo sin que el interesado presente dicho escrito, se tendrá por desistido de su solicitud.

Disposición final

Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de junio de 2013

Rosa Mª Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar

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ANEXO IX

Retribución del personal contratado para el proyecto

Titulación

Importe mensual bruto para una jornada máxima de 40 horas semanales

Título de doctorado, licenciatura o equivalente

1.785, 87 €

Diplomatura o equivalente

1.491,04 €

Título de bachiller, BUP, formación profesional de técnico superior, FPII

1.197,19 €

Formación profesional de técnico, FPI, educación secundaria obligatoria

1.014,44 €

Graduado escolar (EGB) y otros

909,27 €

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