Advertido error en la Orden de 24 de mayo de 2013, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 105, de 4 de junio, es necesario hacer las siguientes correcciones:
Primera. En la página 20266, en el apartado 6 del artículo 3, donde dice: «La ayuda resultante de la aplicación de los números 5 y 6...», debe decir: «La ayuda resultante de la aplicación de los números 4 y 5...».
Segunda. En la página 20280, en el anexo II se elimina el texto: «Certificación de la entidad que presta los servicios, para el cómputo del incremento en la ayuda referido en el artículo 3.7 de las bases (si procede)».
Tercera. Se añade el anexo VII, al que se hace referencia en dichas bases reguladoras.
ANEXO VII
Actuaciones del servicio de asesoramiento
Actuación |
Costes unitarios máximos (€/h) |
Acción formativa |
15 |
Consulta en oficina (incluyendo la realización de la correspondiente acta/parte) |
30 |
Consulta telefónica |
30 |
Cuaderno de explotación |
45 |
Elaboración de informe técnico |
45 |
Realización de un análisis con el correspondiente informe interpretativo |
50 €/análisis |
Visita a la explotación (incluyendo desplazamiento, elaboración del acta/parte de visita...) |
55 |