Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 80/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ana Belén Rodríguez Marcote contra la empresa Esabe Limpiezas Integrales, S.L. y el Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«Número de autos: procedimiento ordinario 80/2011.
En la ciudad de A Coruña, 25 de abril de 2013.
Carlos Villarino Moure, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante Ana Belén Rodríguez Marcote, en cuyo nombre y representación comparece el letrado José Páramo Sureda, y de otra como demandado Esabe Limpiezas Integrales, S.L., y el Fogasa, que no comparecen.
En nombre del rey ha dictado la siguiente sentencia 255/13.
Fallo:
1º Estimo la demanda formulada por Ana Belén Rodríguez Marcote contra la empresa Esabe Limpiezas Integrales, S.L. y condeno a la misma a abonarle la cantidad de 2.303,18 euros, que le adeuda en concepto de salarios.
2º El Fogasa deberá pasar por la presente resolución en los términos del artículo 33 ET.
Notifíquese a las partes y adviértase que contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno, al amparo de lo dispuesto en el artículo 191 LRJS.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación a la empresa Esabe Limpiezas Integrales, expido el presente para su inserción el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 30 de abril de 2013
El secretario judicial