Mª Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 1081/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Pombo Pulleiro contra las empresas Pasteadores Castelao, S.L., Campoaríns, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por José Pombo Pulleiro, contra Pasteadores Castelao, S.L. y Campoaríns, S.L., debo condenar y condeno a las demandadas a abonarle solidariamente al actor la suma de mil doscientos noventa y cuatro euros con cuarenta céntimos (1.294,40 €) en concepto de salarios, más los intereses por mora previstos en el artículo 29.3 del ET respecto de dicha cantidad.
Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma no cabe recurso (artículo 191.2 y disposición transitoria segunda de la LRJS).
La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.
Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación en legal forma a las entidades Pasteadores Castelao, S.L. y Campoaríns, S.L., en paradero desconocido, inserto el presente en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 26 de marzo de 2013
La secretaria judicial