Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Miércoles, 17 de abril de 2013 Pág. 11730

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1036/2012).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despidos 1036/2012 del juzgado de lo social se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 8 de marzo de 2013.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre despido 1036/2012, siendo demandante Francisco Javier Briones López, representado por el letrado Sr. Lorenzo Martínez, y demandada la empresa Multifiber, S.L., habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Fallo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Francisco Javier Briones López contra la empresa Multifiber, S.L. y, en consecuencia, declaro improcedente la extinción del contrato del actor y condeno a la empresa demandada a que proceda a la extinción de la relación laboral con abono a Francisco Javier Briones López de la cantidad de 22.510 euros en concepto de indemnización.

No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Multifibel, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 22 de marzo de 2013

La secretaria judicial