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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Martes, 9 de abril de 2013 Pág. 10528

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (1008/2012).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 1008/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Verónica Alexandra Colcha Tonato contra Ciudad Muralla, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre despido y reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por Verónica Alexandra Colcha Tonato contra la empresa Ciudad Muralla, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante con efectos de fecha 4 de octubre de 2012, y condeno a la empresa demandada a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución, opte entre readmitir al demandante en su puesto de trabajo o indemnizarlo por la extinción de la relación laboral con la cantidad de 319,88 euros y, en caso de readmisión, a abonar al trabajador los salarios de tramitación en cuantía de 29,08 euros diarios (con el límite al que se hizo referencia en el fundamento cuarto de esta resolución), debiendo poner en conocimiento del juzgado en el plazo antes dicho, si opta o no por la readmisión. Condenando a la demandada al abono de los salarios impagados en la cantidad de 809,03 euros más el interés por mora y las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a los representantes legales de las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, por conducto de este juzgado, ante el que deberá ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito y con los demás requisitos exigidos en el artículo 191 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Y para que sirva de notificación en forma a Ciudad Muralla, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.

Lugo, 18 de marzo de 2013

El secretario judicial