Sandra Pérez López, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Pontevedra, por el presente anuncio:
En el presente procedimiento JVB 474/2012 seguido a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros frente a Cristina Vidal Rodríguez se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
Juzgado Primera Instancia número 3 de Pontevedra.
Sentencia 155/2012.
Pontevedra a 18 de diciembre de 2012.
Vista por mí, María Luisa Maquieira Prieto, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Pontevedra y su partido, la presente demanda de juicio verbal registrada con el número 474/2012, interpuesta por la letrada habilitada del abogado del Estado, Sra. Gómez Andrés, en nombre y representación del Consorcio de Compensación de Seguros, frente a Cristina Vidal Rodríguez, declarada en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, se declara:
Fallo que, estimando la demanda interpuesta por la letrada habilitada del abogado del Estado, en nombre y representación del Consorcio de Compensación de Seguros, frente a Cristina Vidal Rodríguez, declarada en rebeldía procesal, y en su virtud, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad reclamada por importe de mil novecientos setenta euros con setenta y tres céntimos (1.970,73 euros), con los intereses legales preceptivos desde la interpelación judicial, todo ello con imposición de las costas del proceso a la demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de apelación, atendida la cuantía del presente procedimiento, inferior a 3.000 euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455, apartado 1º, de la LEC, en su redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.
Y encontrándose dicha demandada, Cristina Vidal Rodríguez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que le sirva de notificación en forma.
Pontevedra, 19 de diciembre de 2012
La secretaria judicial