El Pleno de la Diputación Provincial de Pontevedra, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el día 28 de diciembre de 2012, acordó, por unanimidad, aceptar, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, la delegación que en materia de recursos locales realizó el Ayuntamiento de Ponte Caldelas, por acuerdo del Pleno de fecha 2 de noviembre de 2012, y siguiendo lo establecido en los artículos 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y 7 del citado Real decreto legislativo 2/2004, para que la Diputación Provincial de Pontevedra ejerza las facultades de recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público que se encuentren pendientes de cobro en la Tesorería del Ayuntamiento.
La citada delegación será llevada a cabo por el Organismo Autónomo Provincial de Gestión de Recursos Locales (ORAL).
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pontevedra, 21 de enero de 2013
Rafael Louzán Abal |
Carlos Cuadrado Romay |
Presidente de la Diputación Provincial de Pontevedra |
Secretario de la Diputación Provincial de Pontevedra |