Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Lunes, 4 de marzo de 2013 Pág. 6295

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (922/2012).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hace saber que en el procedimiento 922/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Antonio Hermida Seoane contra Galastur Lugo, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por Antonio Hermida Seoane, contra la empresa Galastur Lugo, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante con efectos de fecha 3 de septiembre de 2012, y condeno a la empresa demandada a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución, opte entre readmitir al demandante en su puesto de trabajo o indemnizarle por la extinción de la relación laboral con la cantidad de 20.023,76 euros y, en caso de readmisión, a abonar al trabajador los salarios de tramitación en cuantía de 43,72 euros diarios, debiendo poner en conocimiento del juzgado en el plazo antes dicho, si opta o no por la readmisión.

Notifíquese esta sentencia a los representantes legales de las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, por conducto de este juzgado, ante el que deberá ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito y con los demás requisitos exigidos en el artículo 191 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Y para que sirva de notificación en forma a Galastur Lugo, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.

Lugo, 11 de febrero de 2013

El secretario judicial