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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Jueves, 24 de enero de 2013 Pág. 2059

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (219/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 219/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rosa Mosquera García contra la empresa Viproga, S.A., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo que, estimando íntegramente la demanda formulada por Rosa Mosquera García, asistida por el letrado Sr. Blanco Lobeiras, contra la empresa Viproga, S.A., en rebeldía procesal, y contra el Fogasa, que no comparece, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 988,37 euros en el sentido expuesto en el fundamento primero, incrementada con los intereses moratorios pertinentes.

Asimismo, debo absolver y absuelvo al Fogasa sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que le corresponda respecto a tales cantidades en los términos establecidos en el artículo 33 ET.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que, en virtud del artículo 191.2.g) de la Ley 36/2011, de 11 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, contra ella no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo, Montserrat Matos Salgado, magistrada-jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Se advierte al destinatario Virpoga, S.A. que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 4 de enero de 2013

La secretaria judicial