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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Miércoles, 2 de enero de 2013 Pág. 102

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2012, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Sentencia 783/2012, de 26 de julio, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Para conocimiento general, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 26 de julio de 2012, pronunció la Sentencia 783/2012, dictada en el procedimiento ordinario nº 4259/2009, interpuesto por el Ayuntamiento de Oleiros, sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice:

«Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Oleiros contra la Orden de la CPTOPT, de 11 de marzo de 2009, sobre aprobación definitiva del PGOM de Oleiros. Anulamos en parte la mencionada Orden de 11 de marzo de 2009, en el extremo relativo a su decisión de dejar en suspenso los ámbitos y determinaciones afectados por el informe emitido por la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento el 17 de febrero de 2009, y disponemos que la aprobación definitiva del PGOM de Oleiros ha de atender a la huella sonora aprobada en la Resolución de 6 de octubre de 2006 mencionada en el fundamento de derecho quinto de esta sentencia; sin hacer especial condena de costas.

Esta sentencia es susceptible del recurso ordinario de casación del artículo 86 de la LJCA de 1998, que habrá de prepararse por escrito a presentar en esta Sala en el plazo de diez días.

Firme que sea la presente, devuélvase el expediente administrativo al centro de su procedencia, junto con certificación y comunicación.

Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

La citada sentencia fue declarada firme.

Santiago de Compostela, 17 de diciembre de 2012

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo