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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Miércoles, 26 de diciembre de 2012 Pág. 47908

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (577/2012).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 577/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jesús de la Iglesia Gómez contra la empresa Construcciones José Carro, S.A. sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 23 de noviembre de 2012, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

«Sentencia.

A Coruña, 23 de noviembre de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre despido 577/2012, siendo demandante Jesús de la Iglesia Gómez, asistido por la letrada Sra. Posada Vales, y demandada la empresa Construcciones José Carro, S.A, habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial.

Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por parte de Jesús de la Iglesia Gómez contra la empresa Construcciones José Carro, S.A. y, en consecuencia, declaro improcedente la extinción del contrato del actor y condeno a la empresa demandada a que, en el plazo de 5 días desde la notificación de la presente sentencia, opte entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían en el momento de producirse el despido, y ello con abono de los salarios de tramitación que, desde la fecha del despido hasta la de la presente sentencia, importan la cantidad de 8.924,67 euros, a los que habrán de añadirse los que se devenguen hasta la notificación de la misma, a razón de 40,75 euros diarios, y la extinción de la relación laboral, con abono a Jesús de la Iglesia Gómez de la cantidad de 13.080,75 euros, en concepto de indemnización.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Inscríbase en el libro registro de su clase.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste y sirva de notificación a la entidad Construcciones José Carro, S.A. que se encuentra en ignorado paradero, expido y firmo el presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 3 de diciembre de 2012

La secretaria judicial